Política de salvaguarda de activos
Liberbank S.A. (en adelante Liberbank o el Banco) en cumplimiento de lo que establece la Ley 24/1988 del Mercado de Valores, y su desarrollo posterior por el RD 217/2008, ha aprobado la presente Política de Salvaguarda de Activos, en base a las obligaciones que las empresas de servicios de inversión, al administrar o custodiar activos de los clientes, deben de respetar.
La presente Política resultará asimismo de aplicación para Banco Castilla-la Mancha SA. (en adelante CCM).
Ámbito de aplicación
Conforme a lo establecido al respecto en la Ley del Mercado de Valores, el Banco, en calidad de empresa que presta servicios de inversión y auxiliares, debe tomar las medidas oportunas para salvaguardar los derechos de propiedad de los clientes, especialmente en los casos de insolvencia de la empresa y para impedir la utilización por cuenta propia de los instrumentos financieros de los mismos.
Dicho lo anterior, a través de la presente Política, el Banco fija los principios generales de actuación y procedimientos internos a cumplir en materia de salvaguarda de activos de clientes.
Quedan comprendidas dentro del ámbito de la presente Política de Salvaguarda de Activos de clientes, todos los activos que tengan relación con la prestación de los servicios de inversión que realiza el Banco a sus clientes, mencionando expresamente las actividades de administración y custodia, incluyendo el efectivo, independientemente del canal por el que se haya generado la operativa. Se aplicará, asimismo, a los canales futuros que se puedan establecer, independientemente de sus características, a través de los que se pueda acceder a formalizar algún servicio de inversión.
1. Principios Generales de protección de los instrumentos financieros de los clientes.
El Banco, en relación a la salvaguarda de activos de clientes se guiará por los siguientes principios:
1.1. Distinción de activos propios y de clientes
Liberbank mantiene una estructura de registros y cuentas destinadas a:
- Distinguir los activos propios de un cliente de los del resto de activos de clientes y de los del propio Banco.
- Garantizar la exactitud y correspondencia de los instrumentos financieros y del efectivo de clientes.
- Garantizar que los instrumentos de los clientes depositados con un tercero se distinguen de los instrumentos financieros de dicha empresa de inversión (tercero) y de los instrumentos financieros del propio Banco, considerando:
- Exigir al tercero la utilización de cuentas con una denominación diferente en su contabilidad.
- En el caso en el que el punto anterior sea de imposible aplicación, se exigirán al tercero medidas similares.
Para dar cumplimiento a lo anterior Liberbank tiene establecido en su sistema informático, una estructura de cuentas de valores y fondos de inversión que permite diferenciar los instrumentos financieros por cuenta propia de los instrumentos financieros de los clientes, y dentro de éstos, identifica los activos propiedad de cada uno de ellos.
Esta estructura de activos por cuenta propia y por cuenta de clientes, se mantiene en todos los Depositarios Centrales o Subcustodios que Liberbank utiliza para dar soporte a sus clientes en los distintos mercados en lo que opera. De tal forma que:
- En el mercado nacional, Liberbank ha designado a la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) como subcustodio.
A los anteriores efectos CECA, en su condición de miembro participante en el Depositario Central (Iberclear), mantiene la siguiente estructura de cuentas: Cuenta propia y cuenta de terceros. - En los mercados internacionales, para realizar la liquidación y custodia de acciones o participaciones de IICs internacionales Liberbank mantiene sendos contratos con Allfunds Bank (AFB) y Ahorro Corporación Gestión SGIICs (ACG) al respecto, y en relación a valores internacionales quien realiza dichos actividades es CECA.
A los anteriores efectos la estructura de cuentas es la siguiente: cuenta propia, cuenta de terceros y cuenta de IICs (de acuerdo al requerimiento de la CNMV para el mantenimiento de activos de este tipo de clientes). - En determinados países cuyas exigencias normativas no permiten la existencia de "cuenta de terceros", se mantienen cuentas abiertas para cada cliente final.
1.2. Conciliar regularmente las cuentas y registros internos con aquellos de terceros en cuyo poder obren los activos de clientes.
Liberbank garantiza la exactitud de los registros internos de instrumentos financieros propiedad de los clientes respecto a los terceros en cuyo poder obran, realizando los procesos de conciliación que se describen a continuación:
- Liberbank garantiza la exactitud de los registros internos de las acciones/participaciones en IICs extranjeras de sus clientes, realizando a través de AFB y ACG los procesos de conciliación oportunos.
- Mensualmente se concilia la información recibida a nivel de cliente y fondo de AFB. Las incidencias de comparación saldos AFB se documentan en un informe, explicándose las diferencias y fechas de resolución.
A los anteriores efectos, AFB mantiene registros y cuentas necesarias para distinguir en cualquier momento y sin demora los activos de los clientes de Liberbank de los activos de otros clientes y de los suyos propios. Dichos registros y cuentas son exactos y se concilian regularmente con los de aquellos terceros en cuyo poder obren los activos de los clientes de Liberbank. Asimismo los activos depositados en un tercero se distinguen en todo momento mediante cuentas con denominación diferente de la contabilidad del tercero u otras medidas equivalentes con las que se logre el mismo nivel de protección. - Con Ahorro Corporación Gestión se realizan conciliación de saldos trimestralmente.
- Mensualmente se concilia la información recibida a nivel de cliente y fondo de AFB. Las incidencias de comparación saldos AFB se documentan en un informe, explicándose las diferencias y fechas de resolución.
- Mensualmente Liberbank realiza una conciliación entre las posiciones que tiene registradas en su sistema informático y las que CECA le informa, procediendo a solucionar las incidencias detectadas. A su vez CECA realiza los siguientes procedimientos de conciliación:
- En el Mercado Nacional:
- Instrumentos de Renta Fija: el Depositario Central (Iberclear) tiene establecidos unos procesos de conciliación diarios, que CECA en su condición de entidad gestora con capacidad plena, realiza de acuerdo a la normativa establecida.
- Instrumentos de Renta Variable: el Depositario Central (Iberclear) tiene establecidos dos procesos de conciliación, mensuales (conciliación de saldos) y trimestrales (arqueo de referencias de registro que componen el saldo).
- Títulos físicos depositados en la caja fuerte de CECA: los Departamentos de Valores y Control Interno de CECA realizan una conciliación semestral.
- En los Mercados Internacionales:
- Quincenalmente se realizan conciliaciones de los saldos existentes en cada una de las cuentas abiertas en los distintos subcustodios que utiliza CECA.
- Si se estableciesen nuevos acuerdos con otros subcustodios, se realizaría el mismo proceso.
- En cuanto a los Fondos de Inversión: mensualmente CECA realiza un case con las diferentes gestoras de las participaciones existentes a cada fondo e individualmente a nivel de cliente, procediendo a solucionar las incidencias detectadas.
La auditoría anual de CECA incluye entre sus puntos de revisión estos procesos de conciliación, solicitando a los subcustodios y al Depositario Central, información sobre los registros que CECA mantiene en cada una de las cuentas.
- En el Mercado Nacional:
- Finalmente y en relación con las participaciones de IICs gestionadas por la Gestora del grupo Liberbank, se concilian saldos todos los meses. En cuanto al resto de IIC nacionales, mensualmente Liberbank realiza un case con las diferentes gestoras de las participaciones existentes a cada fondo e individualmente a nivel de cliente, procediendo a solucionar las incidencias detectadas.
2. Reglas relativas al subdepósito.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 40 del Real Decreto 217/2008, Liberbank puede depositar instrumentos financieros cuya tenencia ostente por cuenta de sus clientes, en cuentas abiertas con un tercero, a condición de que actúe con la debida competencia, atención y diligencia en la selección, designación y revisión periódica del tercero (en adelante también el subcustodio).
En cumplimiento de lo anterior el Banco, en la elección del subcustodio, tomará en consideración lo siguiente:
- Ha de ser una entidad de reconocido prestigio.
- Han de contar con elevados volúmenes de custodia en sus mercados de referencia.
- Ha de contar con la suficiente experiencia y solvencia a nivel mundial.
- Ha de cumplir con los requisitos y las prácticas de mercado relacionados con la tenencia de dichos activos.
- La imposibilidad de subdepositar activos de clientes en empresas de terceros países que no estén sujetas a la reglamentación y supervisión específica del país en materia de tenencia y custodia de instrumentos financieros.
- La imposibilidad de depositar instrumentos financieros en países que no regulen la salvaguarda de instrumentos financieros por cuenta de terceros, a no ser que:
- La naturaleza del instrumento exija que se deposite en manos de dicho tercero.
- En caso de clientes profesionales, éstos lo pidan de forma expresa y por escrito.
La responsabilidad última de la custodia y administración de los valores e instrumentos financieros de sus clientes la asume Liberbank. Sin embargo, la responsabilidad del Banco, en relación con el subdepósito, no se extiende a los daños, perjuicios o menoscabos que se pudieren producir respecto de los valores e instrumentos financieros y/o sus rendimientos como consecuencia de situaciones concursales o de insolvencia del subcustodio, excepto si no hubiese actuado en su selección y supervisión de acuerdo con los criterios antedichos para asegurarse de la experiencia y prestigio en el mercado del subcustodio.
- Dicho lo anterior, actualmente, el Banco ha encomendado la subcustodía de valores e instrumentos financieros de sus clientes, a excepción de las Participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva Extranjera, en CECA, que lleva un registro individualizado de los mismos.
- El esquema de subdepósito que Liberbank mantiene con CECA es el siguiente:
- Clave de Entidad: Abierta a nombre de Liberbank incluye los datos básicos necesarios para comunicar todo tipo de comunicaciones (NIF, domicilio, detalle de accesos, etc.).
- Claves de Entidad/ Cliente: Sirven para diferenciar en grandes bloques las distintas tipologías de clientes de Liberbank. Existen varias posiciones que se pueden utilizar ó no en función de los requerimientos de Liberbank. Es obligatorio la separación de la cartera propia del resto de carteras, y dentro de estas, la de IIC's, de acuerdo a los requerimientos de CNMV:
- Cartera Propia
- Clientes Institucionales
- Clientes minoristas
- Empresas Participadas
- IICs
- Cuentas de Valores: Dentro de cada una de las claves de entidad/cliente, se mantiene una cuenta de valores específica para cada uno de los Clientes finales que se incluyen dentro de cada clave entidad/cliente.
- Toda cuenta de valores está asociada a una cuenta de efectivo abierta a nombre de Liberbank (En Euro y en Divisa).
- A su vez CECA, como subcustodio, mantiene la siguiente estructura de cuentas:
- Mercado Nacional: CECA está adherida a las distintas plataformas de liquidación y custodia que tiene creadas el Depositario Central (IBERCLEAR): deuda pública, renta fija privada renta variable, y por lo tanto no tiene delegado en ningún tercero el depósito de los instrumentos financieros de sus clientes.
- Mercados Internacionales: CECA utiliza subcustodios para realizar la operativa de liquidación y custodia en los distintos mercados internacionales donde realizan operaciones sus clientes.
Dentro de este esquema, CECA ha seleccionado un planteamiento operativo lo más sencillo posible, subcontratando esta actividad en entidades que cumplen con los requisitos y prácticas de mercado y considerando similares condiciones a las tenidas en cuenta por Liberbank en este apartado.
A tales efectos, actualmente, los subcustodios seleccionados son:- Euroclear Bank en Bruselas,
- Citibank NA en Londres y Milán (Italia) y
- BNP Paribas Securities Services (sucursal en España)
- Asimismo, Liberbank ha encomendado la subcustodía de las acciones / participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva Extranjera de sus clientes en Allfunds Bank y en Ahorro Corporación Gestión, entidades a través de las cuales se tramiten las órdenes sobre dichos instrumentos. Ambos subcustodios utilizan cuentas globales en mercados extranjeros; en estos casos Liberbank mantendrá los registros internos necesarios que permitan individualizar contablemente la posición del cliente.
Ahorro Corporación Gestión mantiene un registro individualizado de las posiciones mantenidas por cada uno de los clientes de Liberbank y a su vez la posición global de todos los clientes de Liberbank se registrará a nombre de ACG/terceros en el registro de la correspondiente IICs extranjera. (Ver disposición transitoria en relación a la estructura de cuentas que mantiene Liberbank en AFB.)
Debido a que las participaciones o acciones de IIC extranjeras distribuidas por AFB y ACG se mantienen en una cuenta global de un tercero (subcustodio o Depositario Central) Liberbank solicitará autorización a cada uno de los clientes cuyos instrumentos se vayan a registrar en dicha cuenta, informando al cliente sobre la posibilidad de optar por registrar los valores o activos a su nombre en una cuenta segregada, siempre que ello sea posible y asuma los gastos adicionales que se originen por tal motivo.
Dicho lo anterior, en los boletines de adhesión a los fondos de inversión en IICs extranjeras se informa al cliente de Liberbank que las participaciones o valores por ellos suscritos serán registrados a nombre de AFB o ACG, en su caso, salvo instrucciones suyas en contrario. Caso de optar porque los valores se registren a nombre del cliente, Liberbank, tendrá derecho a repercutirle anualmente sobre los mismos la comisión vigente de administración de valores extranjeros representados mediante anotaciones en cuenta. Así como la que AFB, ACG o la entidad encargada del registro de acciones/participaciones de la IIC tenga establecida por este servicio.
Al respecto de la protección de activos de clientes AFB y ACG cuentan con las medidas oportunas para salvaguardar los derechos de propiedad de los clientes, y no utiliza por cuenta propia los instrumentos de los clientes cuando no esté autorizado ni se le haya permitido expresamente.
2.1. Procesos Operativos implantados en Liberbank relativos al subdepósito
- Para Valores:
Liberbank tiene establecido un sistema de conexión en tiempo real con CECA y ésta a su vez con todos sus subcustodios, permitiendo un intercambio de datos constante, tanto para las operaciones de liquidación, como para los eventos corporativos que se producen sobre las posiciones de los clientes.
De forma recurrente (mínimo 4 veces al año), CECA mantiene reuniones con los subcustodios para analizar los posibles problemas detectados, agilizar procesos o analizar nuevas funcionalidades.
Anualmente CECA mantiene contactos con otros proveedores de este tipo de servicios para conocer de primera mano la oferta existente, tanto operativa como de tarifas.
- Para Fondos de Inversión:
Liberbank mantiene comunicación permanente con la central de compras de ACG, así como con AFB a través de la Plataforma AFB a tiempo real.
2.2. Acuerdos de Externalización
A los efectos de esta política Liberbank externaliza únicamente actividades administrativas propias de la actividad de liquidación y custodia.
Liberbank tiene firmado para valores un acuerdo de externalización con CECA en temas de subdepósito, y esta entidad no tiene establecido ningún acuerdo de externalización según su situación actual:
- Mercado Nacional: CECA es participante directo en los distintos subsistemas que el Depositario Central tiene establecidos.
- Mercados Internacionales: CECA utiliza un esquema de custodios internacionales, considerado como práctica habitual de mercado. Este tipo de soporte no implica que CECA esté externalizando sus funciones de custodia y liquidación de valores internacionales, sino que los subcustodios son proveedores de servicios.
Liberbank tiene firmado con AFB un Acuerdo de Nivel de Servicio que define las normas y los procesos para la contratación de las IICs, a través de la plataforma tecnológica de AFB, así como los procedimientos operativos, en relación con los flujos de liquidación y de información entre ambos, derivados de tal proceso de negocio a través de AFB. Asimismo AFB y el Banco tienen suscritos sendos contratos de Distribución de Fondos y de Subcustodía de acciones/participaciones de inversión colectiva.
Con ACG, Liberbank ha regulado mediante contrato de subdistribución de IICs extranjeras los anteriores extremos.
3. Aspectos relativos a la salvaguarda de efectivo de clientes.
Actualmente, el Banco actúa como depositario de las cuentas de efectivo de sus clientes, y no recibe efectivo de clientes que sean destinados a otra finalidad distinta de los depósitos que mantengan, definidos en el artículo 41 del Real Decreto 217/2008, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio. El Banco como entidad de crédito con autorización administrativa oficial de Banco de España, tomará las medidas oportunas para salvaguardar los derechos de los clientes.
4. Utilización de los instrumentos financieros de los clientes
Liberbank cumple con lo estipulado en el artículo 42 del Real Decreto 217/2008 y no utiliza los instrumentos financieros cuya tenencia ostenta por cuenta de sus clientes, para operaciones de financiación de su actividad de cuenta propia.
Los movimientos de instrumentos financieros están basados únicamente en instrucciones realizadas por los clientes, tal y como queda recogido en la presente política y la documentación contractual firmada por el cliente.
La posible utilización de los instrumentos financieros de los clientes del Banco está basada únicamente en el conocimiento y consentimiento previo del cliente cumpliendo imprescindiblemente los siguientes principios:
- El establecimiento de acuerdos con terceros para operaciones de financiación de valores (o para la utilización de instrumentos financieros de clientes de otro modo) deberá contar con:
- La obtención del consentimiento expreso del cliente sobre el uso de los instrumentos.
- La obligatoriedad de ceñirse a las condiciones especificas y aprobadas por el cliente al hacer uso de los instrumentos de clientes.
- En el caso de establecer acuerdos con terceros para operaciones de financiación de valores (o para la utilización de los instrumentos de otro modo) mantenidos en una cuenta global, además de considerar los dos puntos anteriores, se deberán cumplir los requisitos especificados a continuación:
- La obtención de consentimiento previo y expreso de cada uno de los clientes cuyos instrumentos vayan a ser depositados en una cuenta global.
- Disponer de sistemas y controles que garanticen la utilización de instrumentos únicamente si el cliente ha dado su consentimiento expreso.
- Mantener un registro interno de estas operaciones que incluya:
- Los datos del cliente conforme a cuyas instrucciones se hayan utilizado los instrumentos financieros.
- Número de instrumentos financieros utilizados pertenecientes a cada cliente que haya dado su consentimiento (para poder así atribuir correctamente posibles alteraciones patrimoniales).
4.1. Controles que garantizan la no utilización de instrumentos financieros
El cumplimiento de esta política se controla según los medios que se detallan a continuación:
- Las áreas operativas de gestión de cartera propia e intermediación de cartera ajena son áreas separadas físicamente, que cuentan con las correspondientes barreras de información según lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores y el Reglamento Interno de Conducta en el ámbito del mercado de valores de Liberbank; y disponen de sistemas operativos diferenciados así como el soporte humano específico para cada actividad.
- Mantenimiento de un registro de órdenes y operaciones, incluyendo los datos de las instrucciones comunicadas por el cliente.
- Reconciliación de saldos por cuenta propia y por cuenta de clientes, según lo detallado en el apartado relativo a la conciliación de cuentas.
- Envío de confirmaciones a clientes por cada movimiento realizado en su cuenta de valores o fondos de inversión, detallando los datos concretos de la operación u operaciones, y su posición global.
5. Comunicación a clientes de aspectos relevantes en materia de salvaguarda
El Banco comunicará a los clientes, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio de administración y custodia, la versión resumida de la presente Política de Salvaguarda de Activos, así como la preceptiva información sobre el Fondo de Garantía de Depósitos, poniendo a disposición de los mismos la versión detallada de dicha política a través de su página web. Asimismo, en los contratos de administración y custodia se informa a los clientes sobre la posibilidad de que Liberbank utilice subcustodios, para la mejor administración de los instrumentos financieros.
Fondo de Garantía de Depósitos
El Banco está adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGDEC); este fondo tiene por objeto garantizar los depósitos en dinero y valores o instrumentos financieros que los clientes tengan en cada momento en el Banco.
El Fondo garantiza hasta un importe máximo de 100.000 Euros por titular de depósitos dinerarios y de otros 100.000 Euros por inversor en valores o instrumentos financieros. La garantía, así pues, se aplica por depositante, aunque éste tenga varios depósitos o un mismo depósito tenga más de un titular, siendo, en todo caso, el importe garantizado de las inversiones, independiente del de los depósitos dinerarios que los inversores pudieran tener en el Banco.
Respecto de los valores negociables e instrumentos financieros, no se considerarán valores garantizados aquellos de los que sean titulares entidades financieras, administraciones públicas y determinadas personas físicas o jurídicas vinculadas a las entidades de crédito en alguna de las formas previstas en la reglamentación. Asimismo, esta garantía cubre la restitución de los valores e instrumentos financieros depositados, pero en ningún caso las pérdidas de valor de la inversión.
De acuerdo a la normativa, la garantía se hará efectiva cuando se produzca alguno de los siguientes hechos:
- Que el Banco haya sido declarado en concurso de acreedores, y que esta situación conlleve la suspensión de la restitución de los valores, instrumentos financieros o efectivo de los clientes.
- Que, habiéndose producido impago de depósitos, el Banco de España determine que Liberbank se encuentra en la imposibilidad de restituirlos en el futuro inmediato por razones directamente relacionadas con su situación financiera.
En relación con los títulos custodiados, en última instancia, en el extranjero se estará, en cada caso, a lo dispuesto en la normativa local respectiva; en el caso de países de la Unión Europea, no obstante, el grado de protección otorgado por los diferentes estados en este ámbito es similar, en la medida en que las normativas locales son adaptaciones de las correspondientes directivas aprobadas a nivel europeo.
Información sobre Cuentas Globales
La utilización de cuentas globales (también conocidas como cuentas ómnibus), práctica habitual en mercados extranjeros, puede conllevar la restricción temporal en la disponibilidad, deterioro del valor o incluso pérdida de los instrumentos financieros propiedad del cliente o de los derechos derivados de los mismos, como consecuencia de riesgos legales u operacionales, que a continuación se detallan:
- Insolvencia del titular de la cuenta global: en los supuestos de insolvencia o quiebra del titular de la cuenta global pueden darse limitaciones para que los inversores finales (clientes) ejerciten derechos de separación o que se les reconozcan como propietarios de los valores y no como meros titulares de derechos de crédito frente al titular de la cuenta global.
En caso de insolvencia del subcustodio, con el oportuno inicio de procedimientos de insolvencia y/o nombramiento de administradores o liquidadores pueden aparecer las situaciones que se describen a continuación:
- Retrasos en la ejecución de las órdenes que comporten una movilización de los activos depositados.
- Pérdida parcial de los valores depositados o repercusión de costas en el supuesto de que los activos efectivamente mantenidos por el subcustodio fueran insuficientes para hacer frente a las reclamaciones de los clientes o el subcustodio se viera inmerso en procedimientos concursales.
A los anteriores efectos la responsabilidad del Banco, en relación con el subdepósito, no se extiende a los daños, perjuicios o menoscabos que se pudieren producir respecto de los valores e instrumentos financieros y/o sus rendimientos como consecuencia de situaciones concursales o de insolvencia del subcustodio, excepto si no hubiese actuado en su selección y supervisión de acuerdo con los criterios antedichos para asegurarse de la experiencia y prestigio en el mercado del subcustodio.
- Fraudes o apropiaciones indebidas que pudieran realizar algún intermediario de la cadena de custodia en las diferentes cuentas globales que existieran y que propiciara, debida a dicha actuación, la pérdida parcial o total de los instrumentos financieros registrados en las mismas.
- Riesgos legales: en este ámbito el riesgo está referido, básicamente a la identificación de la normativa aplicable a los derechos del titular final de los instrumentos financieros y, por ende, a la forma en que quedan protegidos sus intereses:
- Se tendría, por un lado, que identificar la ley que regiría su posición jurídica y, por consiguiente, la determinación de la naturaleza de sus derechos y el régimen de disposición de los mismos. En estos sistemas de cuentas globales, la cadena de anotaciones puede atravesar una pluralidad de ordenamientos jurídicos desde el país del Emisor hasta el país del inversor final. El problema y el riesgo consiste en identificar la Ley de entre todos los países sobre los que atraviesa la cadena de custodia rige los derechos del titular final, careciéndose, en algunos de los casos, de una respuesta normativa clara, previsible y apropiada a este problema.
- Una vez identificada la ley aplicable, se puede dar el riesgo que dicha ley no ofrezca una protección sustantiva previsible y adecuada a los intereses del titular final.
- Riesgos operacionales: Hay determinados riesgos operacionales ocasionados por la utilización de cuentas globales, por ejemplo los derivados de operaciones que, como sucede en numerosos mercados extranjeros, exijan ajustes periódicos de las garantías o pagos de liquidaciones diarias de pérdidas y ganancias o, en general, la entrega periódica de cantidades, a las entidades encargadas de la compensación y liquidación o contrapartida central de cantidades periódicamente. El incumplimiento de un solo inversor puede originar perjuicios para el conjunto de los titulares de valores o instrumentos financieros depositados en esa cuenta global, ya que puede que el titular de la cuenta global no tenga fondos suficientes para aportar los importes en efectivo o en valores que se requieran a los mercados o a las contrapartes, de tal manera que, sin tener voluntad incumplidora ni conocer siquiera quién es el incumplidor, el resto de titulares reales de la cuenta global acaban teniendo que responder o sufrir las pérdidas derivadas del referido incumplimiento.
Finalmente, en el caso de que un cliente requiriese de mayor información respecto a algún punto específico de la política, dicha petición se canalizará a través de cualquiera de las Oficinas de la Entidad o del Departamento de Atención al Cliente a la unidad encargada de la depositaría de los activos de los clientes. En caso de que se produzcan modificaciones importantes en la presente Política, Liberbank pondrá dicha circunstancia en conocimiento de sus clientes a través de su publicación en la página web o el uso de correo ordinario o, en su caso, correo Web.
| Rating de los subcustodios | |||
|---|---|---|---|
| Identificación de la entidad que tiene la cuenta global (el tercero) | CECA* | AFB | ACG |
| País del tercero | ESPAÑA | ESPAÑA | ESPAÑA |
| Rating del tercero - Moodys - S&P - FITCH | A2 A- A | FITCH Rating: A+ estable | Ahorro Corporación Gestión, S.G.I.I.C., S.A., no realiza una actividad bancaria convencional, su actividad se centra en la intermediación de fondos de terceros por cuenta de sus clientes, significa esto que no toma posiciones propias y por lo tanto la exposición tanto a mercado como a crédito es mínima. |
| Existe diferencia entre los instrumentos financieros de los clientes en poder de un tercero de aquellos de los que sea titular el tercero | SI | SI | SI |
| Riesgos resultantes del depósito en cuentas globales | Los descritos en el punto 5 de esta política | ||
* El titular de cuentas globales es CECA, entidad a la que Liberbank ha encomendado las actividades de custodia y administración sobre valores internacionales, ostenta la condición de titular en las entidades (subcustodios internacionales) que se detallan a continuación:
| EUROCLEAR BANK S.A. | Bélgica | AA+ (S&P), AA+ (Fitch) |
| CITIBANK N.A. | Reino Unido e Italia | A estable (S&P), A+ estable (Fitch), A3 (Moodys) |
| BNP PARIBAS Securities Services S.A. | Francia | AA+ estable (S&P), AA estable (Fitch), Aa1 estable (Moodys) |
6. Revisión y control de la política de Salvaguarda
Informe de Evaluación de Subcustodios
De conformidad con lo establecido en la Circular 5/2009 de la CNMV, el Departamento de Operaciones llevará a cabo una revisión periódica de los Subcustodios utilizados por Liberbank, en relación con la regulación de la tenencia y custodia de valores. El informe de evaluación anual se remitirá al Departamento de Cumplimiento Normativo para su revisión.
Revisión de la Política
La aprobación de las sucesivas actualizaciones se llevará a cabo, anualmente, por el Comité de Cumplimiento Normativo, a propuesta del Departamento de Operaciones, previa revisión de la misma por los Departamentos de Cumplimiento Normativo y de Control del Riesgo y Validación (Riesgo Operacional). Si dicho Comité considera que el cambio es sustancial, lo elevará al Comité de Dirección.
Control de la Política
El Departamento de Auditoría de Grupo y Servicios Centrales llevará a cabo las pruebas correspondientes para supervisar el cumplimiento de la presente política por parte de la Entidad.
Auditoria Externa: Informe de Protección de activos de clientes
Anualmente se realiza una Auditoria Externa en cumplimiento del artículo 43 del Real Decreto 217/2008, que concluye en la elaboración del denominado Informe Anual del Auditor Externo sobre Protección de Activos de Clientes, que es remitido por el propio auditor a la CNMV, y del que el Banco de España deberá recibir una copia. La Circular 5/2009, de 25 de noviembre, de CNMV, regula el contenido de dicho informe.
Disposición Transitoria de Procedimientos para las Cajas Accionistas de Liberbank
La presente Política es de aplicación a Liberbank S.A. y a Banco de Castilla - La Mancha, SA.
Sin embargo, la integración de los sistemas informáticos que soportan la operativa y procedimientos relativos a MiFID y, en este caso, aquellos relativos a los contratos y procedimientos establecidos con los Distribuidores Globales de IICs internacionales, que se está llevando a cabo por las Cajas accionistas de Liberbank, aún no ha concluido. Por tanto, mientras dure el proceso progresivo de integración de los medios y activos procedentes de las Cajas accionistas, se contemplarán las siguientes particularidades respecto a la estructura de cuentas mantenidas en AllFunds Bank:
- En lo relativo a los activos procedentes de Caja Cantabria:
AFB mantiene el registro de detalle/desglose de la cuenta de las posiciones y operaciones realizadas para cada cliente de Caja Cantabria y para cada IICs de las que Caja Cantabria es Depositario. A tal efecto AFB mantiene un registro de posiciones por cada uno de los clientes de Caja Cantabria, donde se registrarán exclusivamente las posiciones que cada uno de ellos mantenga en todo momento en las diferentes IICs que intermedia.
- En lo relativo a los activos procedentes de CajAstur:
Las operaciones de clientes de Cajastur que se realicen con AFB están registradas en una única cuenta a nombre de CajAstur/Terceros. A este respecto CajAstur mantendrá estrictos procedimientos de conciliación.
